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Esclavitud sexual en la Argentina

Cada día son más. Se desvanecen sin que sus familias, sus amigos, sus vecinos tengan respuesta. Desaparecen, una palabra dolorosamente lacerante en la Argentina. Mujeres jóvenes, mujeres niñas son secuestradas y nunca más se sabe de ellas. Al principio fue desconcertante e inexplicable: no había un patrón de edad, de clase social, de aspecto físico. Este fenómeno continúa con intensidad inexplicable, pero hoy todos los sabemos: la trata de personas –especialmente mujeres y niños- es una preocupante y creciente realidad en la Argentina.

La trata de personas tiene dos fines: la “trata laboral”, con fines de explotación en la industria agrícola y, especialmente, en talleres textiles que ofrecen sus servicios a las grandes marcas comerciales, tanto nacionales como internacionales; y la “trata sexual”, donde mujeres secuestradas permanecen en prostíbulos en la Argentina o son vendidas a otros países. En este breve escrito, nos ocuparemos de la trata sexual.

Según el “Informe de la Relatora Especial sobre trata de personas de la ONU, Sra. Joy Ngozi Ezeilo” (2011), la Argentina es país de origen, tránsito y destino de las víctimas de la trata de personas. Hombres, mujeres y niños son víctimas de la trata hacia, desde y a través de la Argentina con fines de explotación sexual o laboral. Dada la porosidad de las fronteras con el Paraguay y el Brasil (zona también conocida como «la triple frontera»), se trata de una región de tránsito común utilizada por los tratantes.

Como país de destino, hay mujeres y niños que son víctimas de la trata hacia la Argentina con fines de explotación sexual, principalmente desde el Brasil, el Paraguay, el Perú y la República Dominicana, mientras que las víctimas de la explotación laboral suelen proceder de Bolivia (Estado Plurinacional de), Colombia, el Paraguay, el Perú y la República Dominicana

Con respecto a la trata interna, las víctimas suelen trasladarse de las zonas rurales y las provincias pobres del norte a ciudades o provincias más ricas. Hay zonas identificadas como típicas de reclutamiento de las mujeres víctimas de la trata interna con fines de explotación sexual.

Como país de origen y de tránsito de las mujeres y niñas destinadas a la explotación sexual en otros países de América Latina y en Europa, principalmente en Italia y España.

LA TRATA DE PERSONAS DESDE Y HACIA ARGENTINA:

El informe señala que, dado que “un amplio sector de la población sigue sufriendo la exclusión social y no puede disfrutar plenamente de sus derechos económicos, sociales y culturales” existe una “gran vulnerabilidad de las víctimas potenciales, susceptibles de ser presas de los tratantes al buscar oportunidades de subsistencia fuera de sus lugares de origen. A la vez, a raíz del crecimiento económico y la recuperación que ha experimentado el país en los últimos años, así como la situación general de subdesarrollo de la región, la Argentina atrae a los migrantes económicos de los países vecinos que también pueden convertirse en víctimas de la trata, puesto que rara vez ingresan en el país por medios legales”.

CÓMO PROCEDEN LAS REDES DE TRATA CON FINES DE ESCLAVITUD SEXUAL:

• Secuestro: las redes de trata van desde las organizaciones complejas que operan en cada etapa del proceso de trata (reclutamiento o secuestro, transporte y explotación de las víctimas) hasta los dueños de los prostíbulos, que reclutan o secuestran a las víctimas directamente para explotarlas en sus propios establecimientos o venderlas a otros. Como esos tratantes tienen contactos con agentes estatales y policías corruptos, la misma víctima explotada en una provincia puede ser luego trasladada fácilmente a un prostíbulo de Buenos Aires o al extranjero.

• Reclutamiento por engaño – Ofrecimiento de trabajos: en este caso, las víctimas suelen ser reclutadas mediante falsos ofrecimientos de trabajo como camareras, secretarias, criadas o niñeras. Los ofrecimientos se publican en volantes o avisos clasificados en los diarios. A veces, las muchachas son invitadas a presentarse a castings para puestos de modelo o azafata y se les prometen ingresos elevados y la posibilidad de lograr un estilo de vida lujoso.

• Reclutamiento para ofrecer servicios sexuales: Aún en este caso, las víctimas, se ven decepcionadas por sus condiciones de trabajo. En otros casos, son las propias víctimas las obligadas por los proxenetas o los dueños de los prostíbulos a reclutar a otras mujeres bajo amenaza de violencia contra ellas o sus familiares o como único medio de mejorar sus condiciones de trabajo. También es común que los proxenetas y los tratantes «cautiven» a sus víctimas, convirtiéndose en sus novios e incluso teniendo hijos con ellas, que luego se utilizan como medio de coerción y amenaza para obligarlas a prestar servicios sexuales

El documento de Joy Ezeilo señala que es importante destacar que “en la Argentina, la mayoría de las víctimas de la trata, incluso las que llegan del Paraguay y el Brasil, proceden de lugares donde reina la inseguridad económica y en los que no están satisfechas sus necesidades básicas y las de sus familiares y sin medios reales de mejora social a causa de su bajo nivel de educación”. (Ezeilo)

LEGISLACIÓN , PREVENCIÓN Y ORGANISMOS DE PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA:

• Aunque la Argentina es parte en la mayoría de los principales instrumentos internacionales de derechos humanos y cuenta con numerosos organismos estatales, provinciales y municipales que luchan contra la trata de personas, la insuficiencia de recursos y, sobre todo, la enorme e intrincada red de corrupción, que alcanza los más altos niveles del poder, hacen que la prevención, lucha y penalización contra los esclavistas sea por el momento un deseo.

• Los tiempos judiciales, exageradamente largos, y oculta red de protecciones y complicidades, neutralizan la extensa legislación y la aparente presencia de organismos de protección de las víctimas .

• La legislación de lucha contra la trata ha sido criticada por varias organizaciones de mujeres y de derechos humanos del país porque distingue entre las víctimas mayores y menores de 18 años al referirse a la cuestión del «consentimiento». En la práctica, las víctimas adultas tienen que probar que inicialmente no prestaron su consentimiento para realizar las actividades a las que han estado sometidas y que sus explotadores empleaban la violencia, el abuso, el engaño y otros medios semejantes para obligarlas a realizarlas.

• Tiempos de condena:

Según el Código Penal Argentino, los tratantes pueden ser condenados a prisión:

de 3 a 6 años (4 a 10 años si hay circunstancias agravantes) en caso de trata de adultos

de 4 a 10 años (y hasta 15 años si hay circunstancias agravantes) en caso de trata de niños.

Por robo de ganado las penas aplicables en algunos casos pueden ser de 4 a 10 años de prisión…

COOPERACIÓN CON LA SOCIEDAD CIVIL:

La verdadera lucha contra la trata de personas (de esclavitud sexual y trabajo) la han estado librando numerosas organizaciones de la sociedad civil. No sólo han contribuido en gran medida a crear más conciencia sobre la trata de personas y a combatirla, sino que han participado del rescate heroico de las víctimas en prostíbulos y talleres clandestinos, han brindado datos de nombres, domicilios y lugares, han continuado brindando asistencia a estos verdaderos mártires.

El movimiento de mujeres ha participado de manera particularmente activa en los debates nacionales e internacionales sobre la legislación y los programas de lucha contra la trata.

Una de las más activas y eficientes, con recursos escasísimos y la voluntad férrea de sus integrantes, es la Fundación La Alameda, nacida de aquellas “asambleas populares” que poblaban las calles del país durante la crisis del 2001-2003. La propia autora del Informe de la ONU, se reunió durante dos días de la semana que permaneció en la Argentina, con los miembros de La Alameda.

Siguen desapareciendo. Se desvanecen sin que sus familias, sus amigos, sus vecinos tengan respuesta. Pero hay una diferencia: ahora todos comenzamos a luchar.

LINKS DE INTERÉS:

-Naciones Unidas. Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos. Se recomienda su lectura, pues trata el problema en diversos países: http://ap.ohchr.org/documents/dpage_s.aspx?m=137

-Naciones Unidas. Asamblea General. Oficina Derechos Humanos. Informe de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, Sra. Joy Ngozi Ezeilo Misión a la Argentina: http://daccess-ddsy.un.org/doc/UNDOC/GEN/G11/133/76/PDF/G1113376.pdf?OpenElement

-Fundación La Alameda: http://laalameda.wordpress.com/2011/06/29/lapidario-informe-de-la-onu-sobre-trata-y-trafico-de-personas-en-argentinahttp://www.facebook.com/group.php?gid=31318291901&v=info

-Mu LaVaca. Ninguna mujer nace para puta: http://lavaca.org/deci-mu/deci-mu-con-las-dominicanas-inmigrantes/ Véanse otras notas de interés sobre el tema de las migrantes prostituidas.

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[1] Véase “Informe” pp. 6- 13.

[2] En el Informe citado, la autora relata la siguiente anécdota: “En el albergue, la Relatora Especial escuchó la historia de la joven A, víctima de la trata con fines de explotación sexual que llegó a la edad de 12 años. A y otras muchachas habían sido maltratadas y explotadas sexualmente por un hombre que tenía un pequeño negocio en su barrio. Desde el momento en que se presentó una denuncia oficial en la policía contra el tratante de A en 2006 hasta la detención de este en 2010, el hombre siguió en contacto con su víctima, acosándola constantemente y presionándola para que retirara los cargos y no prestara testimonio contra él. Durante ese tiempo, el hombre siguió manejando una red de explotación sexual de niñas en su barrio.  Los fiscales que conocieron del caso consideraron que la reticencia de A a prestar testimonio contra su explotador era un obstáculo, y las autoridades no tomaron en serio los testimonios de las ONG y demás proveedores de servicios que le prestaron asistencia a ella y a otra de las víctimas.” Subrayado nuestro.

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